Objeto
Domiciliación bancaria de recibos periódicos de los impuestos o tasas tales como, Contribución, Circulación, Actividades económicas - IAE, Vados,…
Quién puede realizar el trámite
Contribuyente o titular del recibo o de los bienes.
Cómo se puede realizar el trámite
· Telemáticamente: a través del botón Nueva instancia situado en la parte inferior de esta página.
En el caso de que la persona solicitante sea PERSONA JURÍDICA O SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar de esta forma.
· Presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.
Documentación a presentar
Mandato / Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA cumplimentado y firmado por la persona solicitante o su representante.
Cómo y cuándo se resuelve
Si no se especifican los impuestos que se quieren domiciliar en dicha cuenta, se domiciliarán todos los impuestos periódicos que emita el Ayuntamiento a nombre de la persona solicitante.
Hay que hacer una solicitud por cada titular de recibo, aunque sea para el mismo impuesto o tasa o aunque sean familia.
Si la solicitud se hace con suficiente antelación a la fecha de giro del rolde de un determinado impuesto, la domiciliación bancaria podría tener efectos a partir de ese recibo.