Objeto
Solicitud de devolución de fianza o aval bancario depositado como garantía de ejecución de obra o suministro.
Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona física o jurídica que actúe como parte interesada.
Cómo se puede realizar el trámite
· Telemáticamente: a través del botón Nueva instancia situado en la parte inferior de esta página.
En el caso de que la persona solicitante sea PERSONA JURÍDICA O SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar de esta forma.
· Presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.
Documentación a presentar
Instancia cumplimentada mediante esta solicitud solicitando la devolución, haciendo referencia al objeto y fecha de depósito.
– Si fue depositado en metálico, habrá que indicar el IBAN o los 20 dígitos de una cuenta bancaria ya que la devolución se realizará por medio de transferencia.
Es recomendable adjuntar fotocopia del documento de depósito de la fianza o aval.
Cómo y cuándo se resuelve
Conceptualmente una fianza constituye el depósito de una cantidad en metálico en una entidad bancaria que se justifica mediante el documento bancario acreditativo de tal depósito o transferencia, mientras que un aval constituye un documento firmado facilitado por la entidad bancaria expresando que responde de la empresa a la que se le requiere el aval.
En los supuestos de fianzas, tras la verificación y visto bueno del área o del técnico competente, Intervención procederá a realizar la transferencia bancaria que conllevará la efectiva devolución de las mismas.
En el caso de avales, el área remitirá a la persona interesada el documento original acreditativo del aval que se depositó en su momento.